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Está obligado a presentar la declaración, si se encuentra en al menos una de las siguientes situaciones:
- Ha ingresado por rendimientos del trabajo dependiente (o por pensiones, sean o no de la Seguridad Social) más de 22.000 €, si proceden de un solo pagador, o 14.000 € si ha tenido más de un pagador
- Si ha tenido rendimientos del capital mobiliario (intereses, rendimientos de acciones, etc.) sujetos a retención o ganancias patrimoniales (venta de inmuebles, acciones …) hasta un límite conjunto de 1.600 €.
- Si dispone de más de un inmueble (parking, segunda residencia …), si el rendimiento imputado supera 1.000€.
- Si ha obtenido rendimientos del capital mobiliario no sujetos a retención (letras del tesoro) o subvenciones a la vivienda con el límite conjunto de 1.000 €, conjuntamente con otros rendimientos.
- Si tiene derecho a algún tipo de deducción, como por adquisición de vivienda habitual, familia numerosa, monoparantal o discapacidad a cargo.
- Si tiene un inmueble alquilado.
Honorarios
- «NORMAL» (sueldo + alquiler o hipoteca): 30€. Conjunta 2 sueldos: 40€
- Sueldo + alquiler cobrado: 60,50€ + 12,10€ a partir del segundo alquiler
- Compraventas (acciones, inmuebles, etc.): A partir de 72,60€. Se valorará en función de la documentación y se presupuestará si es mayor
- Autónomos:
- Con cuota mensual: 70,18€
- Sin cuota mensual: 78,65€
- No obligados recurrentes: 10€
Todos los precios son con IVA incluido.